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Retención Ganancias Empleados Siradig Alvaro Iriarte

Retención Ganancias Empleados Siradig Alvaro Iriarte

Retención Ganancias Empleados Siradig Alvaro Iriarte

Se prorroga el plazo para la presentacion de informacion del empleado para la liquidacion anual 2023 del impuesto a las ganancias por Alvaro Iriarte

El impuesto a las ganancias para empleados es ingresado por el empleador que sea designado agente de retencion

El empleado debe informar por el sitio de afip los datos para la correcta liquidacion del impuesto

Resolución General AFIP 5507/2024. Impuesto a las Ganancias. Plazo especial para la presentación del Formulario 572 Web período fiscal 2023

Fuente Centro de Formacion para la Excelencia

Empleado

Podrán efectuar la presentación del formulario de declaración jurada F572 Web

A través del servicio SiRADIG TRABAJADOR correspondiente al período fiscal 2023 hasta el 31 de mayo de 2024 inclusive

Empleador

Los agentes de retención practicarán la liquidación anual correspondiente al período fiscal 2023, hasta el 28 de junio de 2024, inclusive

Ajustes

El importe determinado en dicha liquidación anual será retenido o, en su caso, reintegrado, cuando se efectúe el primer pago posterior a la fecha de dicha liquidación o en los siguientes si no fuera suficiente

Hasta el 10 de julio de 2024, inclusive

SICORE

Se le requerirá informarse e ingresar el monto antes mencionado hasta las fechas de vencimiento establecidas para la presentación de la declaración jurada

Y el ingreso del saldo resultante que operen en el mes de julio de 2024

Del Sistema de Control de Retenciones SICORE informándolo en el período junio de 2024 y consignando como fecha de retención el 28 de junio de 2024

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Álvaro Iriarte

Profesor EFC

alvaro.iriarte.uba@gmail.com

Alvaro Iriarte retencion de ganancias empleados

Alvaro Iriarte siradig

Alvaro Iriarte siradig

Permite a los empleados transmitir a sus empleadores la información correspondiente de manera electrónica y automatizada

Asi el trabajador presenta el formulario 572 con los conceptos a deducir, las percepciones que le hubieran practicado o los ingresos extra que tuviera en caso de tener otro empleo

La presentación debe hacerse hasta el 31 de marzo del año siguiente del período informado y le corresponde a

Por el Régimen General

Los magistrados, funcionarios y empleados del Poder Judicial de la Nación y de las provincias y del Ministerio Público de la Nación

Quienes tengan cargo de Secretario de Estado o superior y sus equivalentes, diputados y senadores del Poder Legislativo

Quienes ejerzan el cargo como directores, síndicos y miembros de consejos de vigilancia de sociedades anónimas y cargos equivalentes de administradores

Tambien miembros de consejos de administración de otras sociedades, asociaciones, fundaciones y cooperativas

Quienes se desempeñen como consejeros de sociedades cooperativas

Quienes perciban asignaciones mensuales y vitalicias reconocidas a presidentes y vicepresidentes de la Nación dispuestas por la ley 24018

Por el Impuesto Cedular a los Mayores Ingresos

Restantes empleados en relación de dependencia, jubilados y pensionados

Los empleadores tienen que ingresar al servicio con clave fiscal Siradig Empleador conocer la información que suministra el empleado y otros agentes de retención

Los agentes de retención deberán cumplir las  condiciones para el ingreso e información de las retenciones practicadas a través del Sistema de Control de Retenciones

Nota Alvaro Iriarte siradig

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Contacto con Alvaro Iriarte

alvaro.iriarte.uba@gmail.com

Alvaro Iriarte conferencia

Alvaro Iriarte